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HOY TEOLÓGICO - Alfonso Luis Calvente Ortiz

Magisterio Ininterrumpido de la Iglesia

Sucesores de Pedro, la Piedra sobre la que Cristo edifica su Iglesia. 

Sin duda alguna.

Sin duda alguna.

Sin duda alguna todos hemos experimentado a lo largo de nuestra vida sucesos y acontecimientos que nos han conmovido, que nos han llenado de una profunda emoción, incluso de un estupor interior que ha paralizado nuestros sentidos y nos ha llevado a un estado que, más allá de los sentidos, se nos hace imposible explicar con palabras.


Cuando este tipo de acontecimiento o sucesos alcanzan una conciencia cierta de presencia o intervención, podemos, con los ojos de la fe, contemplar lo sobrenatural, lo metafísico; lo divino o celestial, si esa presencia o intervención, bajo el juicio de la recta razón, no lo desvelará de tal forma. 

La contemplación de lo divino es alcanzable a través de la elevación del alma y la mirada del espíritu. 

Cambiando el Mundo.

Cambiando el Mundo.

Es habitual, parece propio de la naturaleza humana querer cambiar las cosas. Ante aquellas situaciones que nos cuestionan o inquietan, fácilmente elocubramos fáciles soluciones cambiando a quien tengamos que cambiar, sustituyendo lo que haya que sustituir. Todo sí, de una manera fácil y rápida a entender de nuestra imaginativa inteligencia. Todo sí, menos mirarnos a nosotros mismos y comprender que la única posibilidad de cambio positivo comienza por cambiar lo que en nosotros mismo debe ser cambiado. 

Aquella parece ser fue uno de los motores primarios que impulsarón a nuestros "primerísimo padres" a comer del árbol de la sabiduría, aún sabiendo que no estaban preparados para ello: "que cambien otros, que mi hacer lo que quiero está mil veces justificado en mi imaginativa y corrupta inteligencia".

ENCUENTRO

ENCUENTRO

A menudo me preguntan si yo he visto a Dios. Al responder haciendo referencia a aquellos momentos en que la experiencia de Dios se hace inconfundiblemente presente en mi vida, mi interlocutor suele incidir en la visión real y tangible, personal, de Dios.

En cada caso habría que comenzar por averiguar la imagen de Dios que nuestro interlocutor tiene plasmada en su intelecto. Quizás piense en un anciano con barba y bata blanca, sentado sobre un trono de nubes, y que echa rayos por la punta de un báculo o bastón.

En esos momentos suelo hacer referencia a las palabras del apóstol San Juan: "A Dios nunca nadie lo ha visto, solo en la persona de Jesucristo se nos ha dado a conocer".

Entonces la pregunta o interpelación queda más concretada: ¿Y tu has visto a Jesucristo vivo y tangible, resucitado de entre los muertos?

La respuesta no se hace esperar, y no puede ser otra: "Claro que si, tantísimas veces, no solo lo he visto, escuchado y palpado con mis manos, sino que incluso me alimento de Él, de su Cuerpo y de su Sangre".

Cuando la actitud de nuestro interlocutor muestra sorpresa o interés, suelo explicar un poco más acerca del Misterio Eucarístico y de la maravillosa experiencia de Jesucristo en mi vida.

Es Cristo el que pasa por la vida de todos y en todos desea quedarse y habitar. La Verdad del Amor de un Dios que todo nos lo da y nada nos pide a cambio, abruma y desconcierta a todo corazón limpio de prejuicios y sincero consigo mismo.

AVANZAR

AVANZAR

Avanzar en la vida sin saber realmente hacia donde se avanza, o si ciertamente se avanza o retrocede, o quizás permanezcamos estáticos mientras el mundo nos envuelve.


Toda disquisición y duda se disipa cuando el avanzar responde a un seguimiento, y el seguimiento es definitivo y seguro. Tal seguimiento, en toda su seguridad y plenitud no puede ser otro que el seguimiento de Jesucristo; "sólo Tú tienes palabras de vida eterna".


Tras Jesús avanzar significa alcanzar, alcanzarlo todo, y en plenitud. Tras Jesús, la vida no se escapa, no se nos echa encima, no se acaba ni se escurre entre los dedos; tras Jesús la vida alcanza la plenitud divina de vida eterna.


En ese sentido debemos avanzar, con la fuerza y la gracia del Espíritu Santo, que no nos permita desfallecer; AVANZAR sin descanso tras los pasos de Jesús

INSTRUCCIONES PRECISAS

Instrucción sobre algunas cuestiones acerca de la colaboración de los fieles en el Sagrado Ministerio de los Sacerdotes


Premisa

Del misterio de la Iglesia nace la llamada dirigida a todos los miembros del Cuerpo místico para que participen activamente en la misión y edificación del Pueblo de Dios en una comunión orgánica, según los diversos ministerios y carismas. El eco de tal llamada se ha sentido constantemente en los documentos del Magisterio, sobre todo del Concilio Ecuménico Vaticano II en adelante. En particular en las últimas tres Asambleas generales ordinarias del Sínodo de los Obispos, se ha reafirmado la identidad, en la común dignidad y diversidad de funciones propias, de los fieles laicos, de los sagrados ministros y de los consagrados, y se ha estimulado a todos los fieles a edificar la Iglesia colaborando en comunión para la salvación del mundo.

Es necesario tener presente la urgencia y la importancia de la acción apostólica de los fieles laicos en el presente y en el futuro de la evangelización. La Iglesia no puede prescindir de esta obra, porque le es connatural, en cuanto Pueblo de Dios, y porque tiene necesidad de ella para realizar la propia misión evangelizadora.

La llamada a la participación activa de todos los fieles a la misión de la Iglesia no ha sido desatendida. El Sínodo de los Obispos del 1987 ha constatado « como el Espiritu ha continuado a rejuvenecer la Iglesia suscitando nuevas energías de santidad y de participación en tantos fieles laicos. Esto es testimoniado, entre otras cosas, por el nuevo estilo de colaboración entre sacerdotes, religiosos y fieles laicos; por la participación activa en la liturgia, en el anuncio de la Palabra de Dios y en la catequesis; por los múltiples servicios y tareas confiadas a los fieles laicos y por ellos asumidas; por el fresco florecer de grupos, asociaciones y movimientos de espiritualidad y de compromiso laical; por la participación más amplia y significativa de las mujeres en la vida de la Iglesia y en el desarrollo de la sociedad ». De igual modo en la preparación del Sínodo de los Obispos del 1994 sobre la vida consagrada se ha encontrado « en todas partes un deseo sincero de instaurar auténticas relaciones de comunión y de colaboración entre Obispos, institutos de vida consagrada, clero secular y laicos ». En la sucesiva Exhortación Apostólica post-sinodal, el Sumo Pontífice confirma el aporte específico de la vida consagrada a la misión y edificación de la Iglesia.

Se tiene, en efecto, una colaboración de todos los fieles en los dos ámbitos de la misión de la Iglesia, sea en aquel espiritual de llevar el mensaje de Cristo y de su gracia a los hombres, sea en aquel temporal de permear y perfeccionar el orden de las realidades seculares con el espíritu evangélico. Especialmente en el primer ámbito —evangelización y santificación— « el apostolado de los laicos y el ministerio pastoral se completan mutuamente ». En él, los fieles laicos, de ambos sexos, tienen innumerables ocasiones de hacerse activos, con el coherente testimonio de vida personal, familiar y social, con el anuncio y la condivisión del evangelio de Cristo en todo ambiente y con el compromiso de enuclear, defender y rectamente aplicar los principios cristianos a los problemas actuales. En particular los Pastores son invitados « a reconocer y promover los ministerios, los oficios y las funciones de los fieles laicos, que tienen su fundamento sacramental en el Bautismo y en la Confirmación, y además, para muchos de ellos, en el Matrimonio ».

En realidad la vida de la Iglesia, en este campo, ha conocido, sobre todo después del notable impulso dado por el Concilio Vaticano II y por el Magisterio Pontificio, un sorprendente florecer de iniciativas pastorales.

Hoy, en particular, el prioritario compromiso de la nueva evangelización, que implica a todo el Pueblo de Dios, exige junto al « especial protagonismo » del sacerdote, la total recuperación de la conciencia de la índole secular de la misión del laico.

Esta empresa abre de par en par a los fieles laicos horizontes inmensos —algunos de ellos todavía por explorar— de compromiso secular en el mundo de la cultura, del arte, del espectáculo, de la búsqueda cientifica, del trabajo, de los medios de comunicación, de la política, de la economía, etc., y les pide de genialidad de crear siempre modadilades más eficaces para que estos ambientes encuentren en Jesucristo la plenitud de su significado.

Dentro de esta vasta área de concorde trabajo, sea especificamente espiritual o religiosa, sea en la consecratio mundi, existe un campo más especial, aquel que se relaciona con el sagrado ministerio de los clérigos, en el ejercicio del cual pueden ser llamados a colaborar los fieles laicos, hombres y mujeres, y, naturalmente, también los miembros no ordenados de los Institutos de Vida Consagrada y de las Sociedades de Vida Apostólica. A tal ámbito particular se refiere el Concilio Ecuménico Vaticano II, allí en donde enseña: « La jerarquía encomienda a los seglares ciertas funciones que están más estrechamente unidas a los deberes de los pastores, como, por ejemplo, en la exposición de la doctrina cristiana, en determinados actos litúrgicos y en la cura de almas ».

Precisamente porque se trata de tareas intimamente relacionadas con los deberes de los pastores —que para ser tales deben ser marcados con el Sacramento del Orden— se exige, de parte de todos aquellos que en cualquier modo están implicados, una particular atención para que se salvaguarden bien, sea la naturaleza y la misión del sagrado ministerio, sea la vocación y la índole secular de los fieles laicos. Colaborar no significa, en efecto, sustituir.

Debemos constatar, con viva satisfacción, que en muchas Iglesias particulares la colaboración de los fieles no ordenados en el ministerio pastoral del clero se desarrolla de manera bastante positiva, con abundantes frutos de bien, en el respeto los límites fijados por la naturaleza de los sacramentos y por la diversidad de carismas y funciones eclesiales, con soluciones generosas e inteligentes para hacer frente a las situaciones de falta o escasez de sagrados ministros. De este modo se ha aclarado aquel aspecto de la comunión, por el que algunos miembros de la Iglesia se ocupan con solicitud de remediar, en la medida en que les es posible, no siendo marcados por el carácter del sacramento del Orden, a situaciones de emergencia y crónicas necesidades en algunas comunidades. Tales fieles son llamados y delegados para asumir precisas tareas, tan importantes cuanto delicadas, sostenidos por la gracia del Señor, acompañados por los sagrados ministros y bien acogidos por las comunidades en favor de las cuales prestan el propio servicio. Los sagrados pastores agradecen profundamente la generosidad con la cual numerosos consagrados y fieles laicos se ofrecen para este específico servicio, desarrollado con un fiel sensus Ecclesiae y edificante dedicación. Particular gratitud y estímulo va a cuantos asumen estas tareas en situaciones de persecución de la comunidad cristiana, en los ambientes de misión, sean ellos territoriales o culturales, allí en donde la Iglesia aún está escasamente radicada, y la presencia del sacerdote es sólo esporádica.

No es este el lugar para profundizar toda la riqueza teológica y pastoral del papel de los fieles laicos en la Iglesia. La misma ha sido ya aclarada ampliamente en la Exhortación Apostólica Chritifidelis laici.

El objetivo del presente documento, más bien, es simplemente aquel de dar una respuesta clara y autorizada a las urgentes y numerosas peticiones enviadas a nuestros Dicasterios de parte de obispos, sacerdotes y laicos los cuales, de frente a nuevas formas de actividad « pastoral » de los fieles no ordenados en el ámbito de las parroquias y de las diócesis, han pedido de ser iluminados.

Con frecuencia, en efecto, se trata de praxis que, si bien originadas en situaciones de emergencia y precariedad, y repetidamente desarrolladas con la voluntad de brindar una generosa ayuda en las actividades pastorales, pueden tener consecuencias gravemente negativas para la entera comunión eclesial. Tales prácticas, en realidad están presentes de modo especial en algunas regiones y, a veces, varian bastante al interno de la misma zona.

Las mismas, sin embargo, son un llamado a la grave responsabilidad, pastoral de cuantos, sobre todo Obispos, son responsables de la promoción y tutela de la disciplina universal de la Iglesia sobre la base de algunos principios doctrinales ya claramente enunciados por el Concilio Ecumenico Vaticano II y por el sucesivo Magisterio Pontificio.

Se ha tenido un trabajo de reflexión al interno de nuestros Dicasterios, se ha reunido un Simposio en el que han participado representantes de los Episcopados mayormente interesados en el problema y, en fin, se ha realizado una amplia consulta entre los numerosos Presidentes de las Conferencias Episcopales y otros Presules y expertos de distintas disciplinas eclesiásticas y áreas geográficas. Ha resultado un clara convergencia en el sentido preciso de la presente Instrucción que, sin embargo, no pretende agotar el tema, bien porque se limita a considerar los casos hoy más conocidos, bien por la extrema variedad de circunstancias particulares en las cuales tales casos se verifican.

El texto, redactado sobre la segura base del magisterio extraordinario y ordinario de la Iglesia, se confía para su fiel aplicación, a los Obispos interesados, pero se hará conocer también de los Présules de aquellas circunscripciones eclesiásticas en donde, aunque no se presenten de momento praxis abusivas, podrían ser implicados en breve tiempo, dada la actual rapidez de difusión de los fenómenos.

Antes de dar respuesta a los casos concretos que nos han sido enviados, se estima necesario anteponer en mérito al significado del Orden sagrado en la constitución de la Iglesia, algunos breves y esenciales elementos teológicos tendientes a favorecer una motivada inteligencia de la misma disciplina eclesiástica la cual, en el respeto de la verdad y de la comunión eclesial, pretende promover los derechos y los deberes de todos, para aquella « salvación de las almas que debe ser en la Iglesia la ley suprema ».

Principios teológicos

1.El sacerdocio común y el sacerdocio ministerial

Jesucristo, Sumo y Eterno Sacerdote, ha deseado que su único e indivisible sacerdocio fuese participado a su Iglesia. Esta es el pueblo de la nueva alianza, en el cual, por la « regeneración y la acción del Espíritu Santo, los bautizados son consagrados para formar un templo espiritual y un sacerdocio santo, para ofrecer, mediante todas las actividades del cristiano, sacrificios espirituales y hacer conocer los prodigios de Aquel que de las tinieblas le llamó a su admirable luz (cfr. 1 Pe 2, 4-10).« Un sólo Señor, una sola fe, un solo bautismo (Ef 4, 5); común es la dignidad de los miembros que deriva de su regeneración en Cristo, común la gracia de la filiación; común la llamada a la perfección ». Vigente entre todos « una auténtica igualdad en cuanto a la dignidad y a la acción común a todos los fieles en orden a la edificación del Cuerpo de Cristo », algunos son constituidos, por voluntad de Cristo, « doctores, dispensadores de los misterios y pastores para los demás ». Sea el sacerdocio común de los fieles, sea el sacerdocio ministerial o jerárquico, « aunque diferentes esencialmente y no sólo de grado, se ordenan, sin embargo, el uno al otro, pues ambos participan a su manera del único sacerdocio de Cristo ». Entre ellos se tiene una eficaz unidad porque el Espíritu Santo unifica la Iglesia en la comunión y en el servicio y la provee de diversos dones jerárquicos y carismáticos.

La diferencia esencial entre el sacerdocio común y el sacerdocio ministerial no se encuentra, por tanto, en el sacerdocio de Cristo, el cual permanece siempre único e indivisible, ni tampoco en la santidad a la cual todos los fieles son llamados: « En efecto, el sacerdocio ministerial no significa de por sí un mayor grado de santidad respecto al sacerdocio común de los fieles; pero, por medio de él, los presbíteros reciben de Cristo en el Espiritu un don particular, para que puedan ayudar al Pueblo de Dios a ejercitar con fidelidad y plenitud el sacerdocio común que les ha sido conferido ». En la edificación de la Iglesia, Cuerpo de Cristo, está vigente la diversidad de miembros y de funciones, pero uno solo es el Espíritu, que distribuye sus variados dones para el bien de la Iglesia según su riqueza y la necesidad de servicios (cfr. 1 Cor 12, 1-11).

La diversidad está en relación con el modo de participación al sacerdocio de Cristo y es esencial en el sentido que « mientras el sacerdocio común de los fieles se realiza en el desarrollo de la gracia bautismal —vida de fe, de esperanza y de caridad, vida según el Espíritu— el sacerdocio ministerial está al servicio del sacerdocio común, en orden al desarrollo de la gracia bautismal de todos los cristianos ». En consecuencia, el sacerdocio ministerial « difiere esencialmente del sacerdocio común de los fieles porque confiere un poder sagrado para el servicio de los fieles ». Con este fin se exhorta el sacerdote « a crecer en la conciencia de la profunda comunión que lo víncula al Pueblo de Dios » para « suscitar y desarrollar la corresponsabilidad en la común y única misión de salvación, con la diligente y cordial valoración de todos los carismas y tareas que el Espíritu otorga a los creyentes para la edificación de la Iglesia ».

Las características que diferencian el sacerdocio ministerial de los Obispos y de los presbíteros de aquel común de los fieles, y delinean en consecuencia los confines de las colaboración de estos en el sagrado ministerio, se pueden sintetizar así:

a) el sacerdocio ministerial tiene su raíz en la sucesión apostólica y esta dotado de una potestad sacra, la cual consiste en la facultad y responsabilidad de obrar en persona de Cristo Cabeza y Pastor;

b) esto es lo que hace de los sagrados ministros servidores de Cristo y de la Iglesia, por medio de la proclamación autorizada de la Palabra de Dios, de la celebración de los Sacramentos y de la guía pastoral de los fieles.

Poner el fundamento del ministerio ordenado en la sucesión apostólica, en cuanto tal ministerio continúa la misión recibida de los Apóstoles de parte de Cristo, es punto esencial de la doctrina eclesiólogica católica.

El ministerio ordenado, por tanto, es constituido sobre el fundamento de los Apóstoles para la edificación de la Iglesia:« está totalmente al servicio de la Iglesia misma ».« A la naturaleza sacramental del ministerio eclesial está intrinsicamente ligado el carácter de servicio. Los ministros en efecto, en cuanto dependen totalmente de Cristo, quien les confiere la misión y autoridad, son verdaderamente 'esclavos de Cristo' (cfr. Rm 11), a imagen de El que, libremente ha tomado por nosotros 'la forma de siervo' (Flp 2, 7). Como la palabra y la gracia de la cual son ministros no son de ellos, sino de Cristo que se las ha confiado para los otros, ellos se harán libremente esclavos de todos».

2. Unidad y diversidad en las funciones ministeriales

Las funciones del ministerio ordenado, tomadas en su conjunto, constituyen, en razón de su único fundamento, una indivisible unidad. Una y única, en efecto, como en Cristo, es la raíz de acción salvífica, significada y realizada por el ministro en el desarrollo de las funciones de enseñar, santificar y gobernar a los fieles. Esta unidad cualifica esencialmente el ejercicio de las funciones del sagrado ministerio, que son siempre ejercicio, bajo diversas prospectivas, de la función de Cristo, Cabeza de la Iglesia.

Si, por tanto, el ejercicio de parte del ministro ordenado del munus docendi, sanctificandi et regendi constituye la sustancia del ministerio pastoral, las diferentes funciones de los sagrados ministros, formando una indivisible unidad, no se pueden entender separadamente las unas de las otras, al contrario, se deben considerar en su mutua correspondencia y complementariedad. Sólo en algunas de esas, y en cierta medida, pueden colaborar con los pastores otros fieles no ordenados, si son llamados a dicha colaboración por la legítima Autoridad y en los debidos modos. « En efecto, El mismo conforta constantemente su cuerpo, que es la Iglesia, con los dones de los ministerios, por los cuales, con la virtud derivada de El, nos prestamos mutuamente los servicios para la salvación ». «El ejercio de estas tareas no hace del fiel laico un pastor: en realidad no es la tarea la que constituye un ministro, sino la ordenación sacramental. Solo el Sacramento del Orden atribuye al ministerio ordenado de los Obispos y presbíteros una peculiar participación al oficio de Cristo Cabeza y Pastor y a su sacerdocio eterno. La función que se ejerce en calidad de suplente, adquiere su legitimación, inmediatamente y formalmente, de la delegación oficial dada por los pastores, y en su concreta actuación es dirigido por la autoridad eclesiástica ».

Es necesario reafirmar esta doctrina porque algunas prácticas tendientes a suplir a las carencias numéricas de ministros ordenados en el seno de la comunidad, en algunos casos, han podido influir sobre una idea de sacerdocio común de los fieles que tergiversa la índole y el significado específico, favorenciendo, entre otras cosas, la disminución de los candidatos al sacerdocio y oscureciendo la especificidad del seminario como lugar tipico para la formación del ministro ordenado. Se trata de fenómenos intimanente relacionados, sobre cuya interdependencia se deberá oportunamente reflexionar para llegar a sabias conclusiones operativas.

3. Insustituibilidad del ministerio ordenado

Una comunidad de fieles para ser llamada Iglesia y para serlo verdaderamente, no puede derivar su guía de criterios organizativos de naturaleza asociativa o política. Cada Iglesia particular debe a Cristo su guía, porque es El fundamentalmente quien ha concedido a la misma Iglesia el ministerio apostólico, por lo que ninguna comunidad tiene el poder de darlo a sí misma, o de establecerlo por medio de una delegación. El ejercicio del munus de magisterio y de gobierno, exige, en efecto, la canónica o jurídica determinación de parte de la autoridad jerárquica.

El sacerdocio ministerial, por tanto, es necesario a la existencia misma de la comunidad como Iglesia: « no se debe pensar en el sacerdocio ordenado (...) como si fuera posterior a la comunidad eclesial, como si ésta pudiera concebirse como constituida ya sin este sacerdocio ». En efecto, si en la comunidad llega a faltar el sacerdote, ella se encuentra privada de la presencia y de la función sacramental de Cristo Cabeza y Pastor, esencial para la vida misma de la comunidad eclesial.

El sacerdocio ministerial es por tanto absolutamente insostituible. Se llega a la conclusión inmediatamente de la necesidad de una pastoral vocacional que sea diligente, bien organizada y permanente para dar a la Iglesia los necesarios ministros como también a la necesidad de reservar una cuidadosa formación a cuantos, en los seminarios, se preparan para recibir el presbiterado. Otra solución para enfrentar los problemas que se derivan de la carencia de sagrados ministros resultaría precaria.

« El deber de fomentar las vocaciones afecta a toda la comunidad cristiana, la cual ha de procurarlo ante todo con una vida plenamente cristiana ». Todos los fieles son corresponsables en el contribuir a fortalecer las respuestas positivas a la vocación sacerdotal, con una siempre mayor fidelidad en el seguimiento de Cristo superando la indiferencia del ambiente, sobre todo en las sociedades fuertemente marcadas por el materialismo.

4. La colaboración de fieles no ordenados en el ministerio pastoral

En los documentos conciliares, entre los varios aspectos de la participación de fieles no marcados por el carácter del Orden a la misión de la Iglesia, se considera su directa colaboración en las tareas específicas de los pastores. En efecto, « cuando la necesidad o la utilidad de la Iglesia lo exige, los pastores pueden confiar a los fieles no ordenados, según las normas establecidas por el derecho universal, algunas tareas que están relacionadas con su propio ministerio de pastores pero que no exigen el carácter del Orden ». Tal colaboración ha sido sucesivamente regulada por la legislación post-conciliar y, en modo particular, por el nuevo Código de Derecho Canónico.

Este, después de haberse referido a las obligaciones y los derechos de todos los fieles, en el título sucesivo, dedicado a las obligaciones y derechos de los fieles laicos, trata no solo de aquello que especificamente les compete, teniendo presente su condición secular, sino también de tareas o funciones que en realidad no son exclusivamente de ellos. De estas, algunas corresponderían a cualquier fiel sea o no ordenado, otras, al contrario se colocan en la línea de directo servicio en el sagrado ministerio de los fieles ordenados. Respecto a estas últimas tareas o funciones, los fieles no ordenados no son detentores de un derecho a ejercerlas, pero son « hábiles para ser llamados por los sagrados pastores en aquellos oficios eclesiásticos y en aquellas tareas que están en grado de ejercitar según las prescripciones del derecho », o también « donde no haya ministros (...) pueden suplirles en algunas de sus funciones (...) según las prescripciones del derecho ».

Al fin que una tal colaboración se pueda inserir armonicamente en la pastoral ministerial, es necesario que, para evitar desviaciones pastorales y abusos disciplinares, los principios doctrinales sean claros y que, de consecuencia, con coherente determinación, se promueva en toda la Iglesia una atenta y leal aplicación de las disposiciones vigentes, no alargando, abusivamente, los límites de excepcionalidad a aquellos casos que no pueden ser juzgados como « excepcionales ».

Cuando, en algún lugar, se verifiquen abusos o prácticas trasgresivas, los Pastores adopten todos los medios necesarios y oportunos para impedir a tiempo su difusión y para evitar que se altere la correcta comprensión de la naturaleza misma de la Iglesia. En particular, aplicarán aquellas normas disciplinares establecidas, las cuales enseñan a conocer y respetar realmente la distinción y complementariedad de funciones que son vitales para la comunión eclesial. En donde tales prácticas abusivas están ya difundidas, es absolutamente indispensable la intervención responsable de quien tiene la autoridad de hacerlo, haciéndose así verdadero artífice de comunión, la cual puede ser constituída exclusivamente en torno a la verdad. Comunión, verdad, justicia, paz y caridad son términos interdependientes.

A la luz de los principios apenas recordados se señalan a continuación los oportunos remedios para enfrentar los abusos señalados a nuestros Dicasterios. Las disposiciones que siguen son tomadas de la normativa de la Iglesia.

Disposiciones prácticas

Artículo 1

Necesidad de una terminología apropiada

El Santo Padre en el Discurso dirigido a los participantes en el Simposio sobre « Colaboración de los fieles laicos en el ministerio presbiteral », ha subrayado la necesidad de aclarar y distinguir las varias acepciones que el término « ministerio » ha asumido en el lenguaje teológico y canónico.

1. « Desde hace un cierto tiempo se ha introducido el uso de llamar ministerio no solo los officia (oficios) y los munera (funciones) ejercidos por los Pastores en virtud del sacramento del Orden, sino también aquellos ejercidos por los fieles no ordenados, en virtud del sacerdocio bautismal. La cuestión del lenguaje se hace más compleja y delicada cuando se reconoce a todos los fieles la posibilidad de ejercitar —en calidad de suplentes, por delegación oficial conferida por los Pastores— algunas funciones más propias de los clérigos, las cuales, sin embargo, no exigen el carácter del Orden. Es necesario reconocer que el lenguaje se hace incierto, confuso y, por lo tanto, no útil para expresar la doctrina de la fe, todas las veces que, en cualquier manera, se ofusca la diferencia 'de esencia y no sólo de grado' que media entre el sacerdocio bautismal y el sacerdocio ordenado ».

2. « Aquello que ha permitido, en algunos casos, la extensión del termino ministerio a los munera propios de los fieles laicos es el hecho de que también estos, en su medida, son participación al único sacerdocio de Cristo. Los Officia a ellos confiados temporalmente, son, más bien, esclusivamente fruto de una delegación de la Iglesia. Sólo la constante referencia al único y fontal 'ministerio de Cristo' (...) permite, en cierta medida, aplicar también a los fieles no ordenados, sin ambiguedad, el término ministerio: sin que éste sea percibido y vivido como una indebida aspiración al ministerio ordenado, o como progresiva erosión de su especificidad.

En este sentido original, el termino ministerio (servitium) manifiesta solo la obra con la cual los miembros de la Iglesia prolongan, a su interno y para el mundo, la misión y el ministerio de Cristo. Cuando, al contrario, el termino es diferenciado en relación y en comparación entre los distintos munera e officia, entonces es necesario advertir con claridad que sólo en fuerza de la sagrada ordenación éste obtiene aquella plenitud y correspondencia de significado que la tradición siempre le ha atribuido ».


3. El fiel no ordenado puede asumir la denominación general de « ministro extraordinario », sólo si y cuando es llamado por la Autoridad competente a cumplir, unicamente en función de suplencia, los encargos, a los que se refiere el can. 230, § 3, además de los cann. 943 y 1112. Naturalmente puede ser utilizado el término concreto con que canónicamente se determina la función confiada, por ejemplo, catequista, acólito, lector, etc.

La delegación temporal en las acciones litúrgicas, a las que se refiere el can. 230, § 2, no confiere alguna denominación especial al fiel no ordenado. No es lícito por tanto, que los fieles no ordenados asuman, por ejemplo, la denominación de « pastor », de « capellán », de « coordinador », « moderador » o de títulos semejantes que podrían confundir su función con aquella del Pastor, que es unicamente el Obispo y el presbítero.

Artículo 2

El ministerio de la palabra

1. El contenido de tal ministerio consiste « en la predicación pastoral, la catequesis, y en puesto privilegiado la homilía ».

El ejercicio original de las relativas funciones es propio del Obispo diocesano, como moderador, en su Iglesia, de todo el ministerio de la palabra, y es también propio de los presbíteros, sus cooperadores.

Este ministerio corresponde también a los diáconos, en comunión con el obispo y su presbiterio.

2. Los fieles no ordenados participan según su propia índole, a la función profética de Cristo, son constituidos sus testigos y proveídos del sentido de la fe y de la gracia de la palabra. Todos son llamados a convertirse, cada vez más, en heraldos eficaces « de lo que se espera » (cfr. Heb 11, 1). Hoy, la obra de la catequesis, en particular, mucho depende de su compromiso y de su generosidad al servicio de la Iglesia.

Por tanto, los fieles y particularmente los miembros de los Institutos de vida consagrada y las Sociedades de vida apostólica pueden ser llamados a colaborar, en los modos legítimos, en el ejercicio del ministerio de la palabra.

3. Para que la colaboración de que se habla en el § 2 sea eficaz, es necesario retomar algunas condiciones relativas a las modalidades de tal colaboración.

El C.I.C., can. 766, establece las condiciones por las cuales la competente Autoridad puede admitir los fieles no ordenados a predicar in ecclesia vel oratorio. La misma expresión utilizada, admitti possunt, resalta, como en ningún caso, se trata de un derecho propio como aquel específico de los Obispos o de una facultad como aquella de los presbíteros o de los diáconos.

Las condiciones a las que se debe someter tal admisión —« si en determinadas circunstancias se necesita de ello », « si en casos particulares lo aconseja la utilidad »— evidencia la excepcionalidad del hecho. El can. 766, además, precisa que se debe siempre obrar iuxta Episcoporum conferentiae praescripta. En esta última claúsula el canón citado establece la fuente primaria para discernir rectamente en relación a la necesidad o utilidad, en los casos concretos, ya que en las mencionadas prescripciones de la Conferencia Episcopal, que necesitan de la "recognitio" de la Sede Apostólica, se deben señalar los oportunos criterios que puedan ayudar al Obispo diocesano en el tomar las apropiadas decisiones pastorales, que le son propias por la naturaleza misma del oficio episcopal.

4. En circunstancias de escasez de ministros sagrados en determinadas zonas, pueden presentarse casos en los que se manifiesten permanentemente situaciones objetivas de necesidad o de utilidad, tales de sugerir la admisión de fieles no ordenados a la predicación.

La predicación en las iglesias y oratorios, de parte de los fieles no ordenados, puede ser concedida en suplencia de los ministros sagrados o por especiales razones de utilidad en los casos particulares previstos por la legislación universal de la Iglesia o de las Conferencias Episcopales, y por tanto no se puede convertir en un hecho ordinario, ni puede ser entendida como auténtica promoción del laicado.

5. Sobre todo en la preparación a los sacramentos, los catequistas se preocupen de orientar los intereses de los catequizandos a la función y a la figura del sacerdote como solo dispensador de los misterios divinos a los que se están preparando.

Artículo 3

La homilía

1. La homilía, forma eminente de predicación « qua per anni liturgici cursum ex textu sacro fidei mysteria et normae vitae christianae exponuntur », es parte de la misma liturgia.

Por tanto, la homilía, durante la celebración de la Eucaristía, se debe reservar al ministro sagrado, sacerdote o diácono. Se excluyen los fieles no ordenados, aunque desarrollen la función llamada « asistentes pastorales » o catequistas, en cualquier tipo de comunidad o agrupación. No se trata, en efecto, de una eventual mayor capacidad expositiva o preparación teológica, sino de una función reservada a aquel que es consagrado con el Sacramento del Orden, por lo que ni siquiera el Obispo diocesano puede dispensar de la norma del canón, dado que no se trata de una ley meramente disciplinar, sino de una ley que toca las funciones de enseñanza y santificación estrechamente unidas entre si.

No se puede admitir, por tanto, la praxis, en ocasiones asumida, por la cual se confía la predicación homilética a seminaristas estudiantes de teología, aún no ordenados. La homilía no puede, en efecto, considerarse como una práctica para el futuro ministerio.

Se debe considerar abrogada por el can. 767, § 1 cualquier norma anterior que haya podido admitir fieles no ordenados a pronunciar la homilia durante la celebración de la Santa Misa.

2. Es lícita la propuesta de una breve monición para favorecer la mayor inteligencia de la liturgia que se celebra y también cualquier eventual testimonio siempre según las normas litúrgicas y en ocasión de las liturgias eucarísticas celebradas en particulares jornadas (jornada del seminario, del enfermo, etc.), si se consideran objetivamente convenientes, como ilustrativas de la homilía regularmente pronunciada por el sacerdote celebrante. Estas explicaciones y testimonios no deben asumir características tales de llegar a confundirse con la homilía.

3. La posibilidad del « diálogo » en la homilía, puede ser, alguna vez, prudentemente usada por el ministro celebrante como medio expositivo con el cual no se delega a los otros el deber de la predicación.

4. La homilía fuera de la Santa Misa puede ser pronunciada por fieles no ordenados según lo establecido por el derecho o las normas litúrgicas y observando las claúsulas allí contenidas.

5. La homilía no puede ser confiada, en ningún caso, a sacerdotes o diáconos que han perdido el estado clerical o que, en cualquier caso, han abandonado el ejercicio del sagrado ministerio.

Artículo 4

El párroco y la parroquia

Los fieles no ordenados pueden desarrollar, como de hecho en numerosos casos sucede, en las parroquias, en ámbitos tales como centros hospitalarios, de asistencia, de instrucción, en las cárceles, en los Obispados Castrenses, etc., trabajos de efectiva colaboración en el ministerio pastoral de los clérigos. Una forma extraordinaria de colaboración, en las condiciones previstas, es aquella regulada por el can. 517, § 2.

1. La recta comprensión y aplicación de tal canón, según el cual « si ob sacerdotum penuriam Episcopus dioecesanus aestimaverit participationem in exercitio curae pastoralis paroeciae concrecendam esse diacono aliive personae sacerdotali charatere non insignitae aut personarum communitati, sacerdotem constituat aliquem qui, potestatibus et facultatibus parochi instructus, curam pastoralem moderetur », exige que tal disposición excepcional tenga lugar respetando escrupulosamente las claúsulas en él contenidas, es decir:

a) ob sacerdotum penuriam, y no por razones de comodidad o de una equivocada « promoción del laicado », etc.

b) permaneciendo el hecho de que se trata de participatio in exercitio curae pastoralis y no de dirigir, coordinar, moderar o gobernar la parroquia, cosa que según el texto del canón, compete sólo a un sacerdote.

Precisamente porque se trata de casos excepcionales, es necesario, sobre todo, considerar la posibilidad de valerse, por ejemplo, de sacerdotes ancianos, todavía con posibilidades de trabajar, o de confiar diversas parroquias a un solo sacerdote o a un coetus sacerdotum.

Se tiene presente, de todos modos, la preferencia que el mismo canon establece para el diácono.

Permanece la afirmación, en la misma normativa canónica, que estas formas de participación en el cuidado de las parroquias no se pueden identificar, en algún modo, con el oficio de párroco. La normativa ratifica que también en aquellos casos excepcionales « Episcopus dioecesanus (...) sacerdotem constituat aliquem qui, potestatibus et facultatibus parochi instructus, curam pastoralem moderetur ». El oficio de párroco, en efecto, puede ser válidamente confiado solamente a un sacerdote (cfr. can. 521, § 1), también en los casos de objetiva penuria de clero.

2. A tal propósito se debe tener en cuenta que el párroco es el pastor propio de la parroquia a él confiada y permanece como tal hasta cuando no ha cesado su oficio pastoral.

La presentación de la dimisión del párroco por haber cumplido 75 años de edad no lo hace por eso mismo cesar ipso iure de su oficio pastoral. Esto se verifica sólo cuando el Obispo diocesano —después de la prudente consideración de todas las circunstancias— haya aceptado definitivamente sus dimisiones, a norma del can. 538, § 3, y se lo haya comunicado por escrito. Aún más, a la luz de situaciones de penuria de sacerdotes existentes en algunas partes, será sabio hacer uso, a tal propósito, de una particular prudencia.

También considerando el derecho que cada sacerdote tiene de ejercitar las propias funciones inherentes a la ordenación recibida, a no ser que se presenten graves motivos de salud o de disciplina, se recuerda que el 75o año de edad no constituye un motivo que oblige el Obispo diocesano a la aceptación de la dimisión. Esto también para evitar una concepción funcionalista del sagrado ministerio.

Artículo 5

Los organismos de colaboración en la Iglesia particular

Estos organismos, pedidos y experimentados positivamente en el camino de la renovación de la Iglesia según el Concilio Vaticano II y codificados en la legislación canónica, representan una forma de participación activa en la misión de la Iglesia como comunión.

1. La normativa del código sobre el Consejo presbiteral establece cuales sacerdotes puedan ser miembros. El mismo, en efecto, es reservado a los sacerdotes, porque encuentra su fundamento en la común participación del Obispo y de los sacerdotes en el mismo sacerdocio y ministerio.

No pueden, por tanto, gozar del derecho de elección ni activo ni pasivo, los diáconos y los otros fieles no ordenados, aunque si son colaboradores de los sagrados ministros, así como los presbíteros que han perdido el estado clerical o que, en cualquier caso, han abandonado el ejercicio del sagrado ministerio.

2. El Consejo pastoral, diocesano o parroquial y el consejo parroquial para los asuntos económicos, de los cuales hacen parte los fieles no ordenados, gozan unicamente de voto consultivo y no pueden, de algún modo, convertirse en organismos deliberativos. Pueden ser elegidos para tal cargo sólo aquellos fieles que poseen las cualidades exigidas por la normativa canónica.

3. Es propio del párroco presidir los consejos parroquiales. Son por tanto inválidas, y en consecuencia nulas, las decisiones deliberativas de un consejo parroquial no reunido bajo la presidencia del párroco o contra él.

4. Todos los consejos diocesanos pueden manifestar válidamente el propio consenso a un acto del Obispo sólo cuando tal consenso ha sido solicitado expresamente por el derecho.

5. Dadas las realidades locales los Ordinarios pueden valerse de especiales grupos de estudio o de expertos en cuestiones particulares. Sin embargo, los mismos no pueden constituirse en organismos paralelos o de desautorización de los consejos diocesanos presbiteral y pastoral, como también de los consejos parroquiales, regulados por el derecho universal de la Iglesia en los cann. 536, § 1 y 537. Si tales organismos han nacido en pasado en base a costumbres locales o a circunstancias particulares, se dispongan los medios necesarios para adaptarlos conforme a la legislación vigente de la Iglesia.

6. Los Vicarios foráneos, llamados también decanos, arciprestes o con otros nombres, y aquellos que se le equiparan, « pro-vicarios », « pro-decanos », etc. deben ser siempre sacerdotes. Por tanto, quien no es sacerdote no puede ser validamente nombrado a tales cargos.

Artículo 6

Las celebraciones litúrgicas

1. Las acciones litúrgicas deben manifestar con claridad la unidad ordenada del Pueblo de Dios en su condición de comunión orgánica y por tanto la íntima conexión que media entre la acción liturgica y la manifestación de la naturaleza orgánicamente estructurada de la Iglesia.

Esto se da cuando todos los participantes desarrollan con fe y devoción la función propia de cada uno.

2. Para que también en este campo, sea salvaguardada la identidad eclesial de cada uno, se deben abandonar los abusos de distinto tipo que son contrarios a cuanto prevee el canon 907, según el cual en la celebración eucarística, a los diáconos y a los fieles no ordenados, no les es consentido pronunciar las oraciones y cualquier parte reservada al sacerdote celebrante —sobre todo la oración eucarística con la doxología conclusiva— o asumir acciones o gestos que son propios del mismo celebrante. Es también grave abuso el que un fiel no ordenado ejercite, de hecho, una casi « presidencia » de la Eucaristía dejando al sacerdote solo el mínimo para garantizar la válidez.

En la misma línea resulta evidende la ilicitud de usar, en las ceremonias litúrgicas, de parte de quien no ha sido ordenado, ornamentos reservados a los sacerdotes o a los diáconos (estola, casulla, dalmática).

Se debe tratar cuidadosamente de evitar hasta la misma apariencia de confusión que puede surgir de comportamientos litúrgicamente anómalos. Como los ministros ordenados son llamados a la obligación de vestir todos los sagrados ornamentos, así los fieles no ordenados no pueden asumir cuanto no es propio de ellos.

Para evitar confusiones entre la liturgia sacramental presidida por un clérigo o un diácono con otros actos animados o guiados por fieles no ordenados, es necesario que para estos últimos se adopten formulaciones claramente diferentes.

Artículo 7

Las celebraciones dominicales en ausencia de presbitero

1. En algunos lugares, las celebraciones dominicales son guiadas, por la falta de presbíteros o diáconos, por fieles no ordenados. Este servicio, válido cuanto delicado, es desarrollado según el espíritu y las normas específicas emanadas en mérito por la competente Autoridad eclesiástica. Para animar las mencionadas celebraciones el fiel no ordenado deberá tener un especial mandato del Obispo, el cual pondrá atención en dar las oportunas indicaciones acerca de la duración, lugar, las condiciones y el presbítero responsable.

2. Tales celebraciones, cuyos textos deben ser los aprobados por la competente Autoridad eclesiástica, se configuran siempre como soluciones temporales. Está prohibido inserir en su estructura elementos propios de la liturgia sacrificial, sobre todo la « plegaria eucarística », aunque si en forma narrativa, para no engendrar errores en la mente de los fieles. A tal fin debe ser siempre recordado a quienes toman parte en ellas que tales celebraciones no sustituyen al Sacrificio eucarístico y que el precepto festivo se cumple solamente participando a la S. Misa. En tales casos, allí donde las distancias o las condiciones físicas lo permitan, los fieles deben ser estimulados y ayudados todo el posible para cumplir con el precepto.

Artículo 8

El ministro extraordinario de la Sagrada Comunión

Los fieles no ordenados, ya desde hace tiempo, colaboran en diversos ambientes de la pastoral con los sagrados ministros a fin que « el don inefable de la Eucaristía sea siempre más profundamente conocido y se participe a su eficacia salvífica con siempre mayor intensidad ».

Se trata de un servicio litúrgico que, responde a objetivas necesidades de los fieles, destinado, sobre todo, a los enfermos y a las asambleas litúrgicas en las cuales son particularmente numerosos los fieles que desean recibir la sagrada Comunión.

1. La disciplina canónica sobre el ministro extraordinario de la sagrada Comunión debe ser, sin embargo, rectamente aplicada para no generar confusión. La misma establece que el ministro ordinario de la sagrada Comunión es el Obispo, el presbítero y el diacono, mientras son ministros extraordinarios sea el acólito instituido, sea el fiel a ello delegado a norma del can. 230, § 3.

Un fiel no ordenado, si lo sugieren motivos de verdadera necesidad, puede ser delegado por el Obispo diocesano, en calidad de ministro extraordinario, para distribuir la sagrada Comunión también fuera de la celebración eucarística, ad actum vel ad tempus, o en modo estable, utilizando para esto la apropiada forma litúrgica de bendición. En casos excepcionales e imprevistos la autorización puede ser concedida ad actum por el sacerdote que preside la celebración eucarística.

2. Para que el ministro extraordinario, durante la celebración eucarística, pueda distribuir la sagrada Comunión, es necesario o que no se encuentren presentes ministros ordinarios o que, estos, aunque presentes, se encuentren verdaderamente impedidos. Pueden desarrollar este mismo encargo también cuando, a causa de la numerosa participación de fieles que desean recibir la sagrada Comunión, la celebración eucarística se prolongaria excesivamente por insuficiencia de ministros ordinarios.

Tal encargo es de suplencia y extraordinario y debe ser ejercitado a norma de derecho. A tal fin es oportuno que el Obispo diocesano emane normas particulares que, en estrecha armonía con la legislación universal de la Iglesia, regulen el ejercicio de tal encargo. Se debe proveer, entre otras cosas, a que el fiel delegado a tal encargo sea debidamente instruido sobre la doctrina eucarística, sobre la índole de su servicio, sobre las rúbricas que se deben observar para la debida reverencia a tan augusto Sacramento y sobre la disciplina acerca de la admisión para la Comunión.

Para no provocar confusiones han de ser evitadas y suprimidas algunas prácticas que se han venido creando desde hace algún tiempo en algunas Iglesias particulares, como por ejemplo:

— la comunión de los ministros extraordinarios como si fueran concelebrantes;

— asociar, a la renovación de las promesas de los sacerdotes en la S. Misa crismal del Jueves Santo, otras categorías de fieles que renuevan los votos religiosos o reciben el mandato de ministros extraordinarios de la Comunión.

— el uso habitual de los ministros extraordinarios en las SS. Misas, extendiendo arbitrariamente el concepto de « numerosa participación ».

Artículo 9

El apostolado para los enfermos

1. En este campo, los fieles no ordenados pueden aportar una preciosa colaboracion. Son innumerables los testimonios de obras y gestos de caridad que personas no ordenadas, bien individualmente o en formas de apostolado comunitario, tienen hacia los enfermos. Ello constituye una presencia cristiana de primera línea en el mundo del dolor y de la enfermedad. Allí donde los fieles no ordenados acompañan a los enfermos en los momentos más graves es para ellos deber principal suscitar el deseo de los Sacramentos de la Penitencia y de la sagrada Unción, favoreciendo las disposiciones y ayudándoles a preparar una buena confesión sacramental e individual, como también a recibir la Santa Unción. En el hacer uso de los sacramentales, los fieles no ordenados pondrán especial cuidado para que sus actos no induzcan a percibir en ellos aquellos sacramentos cuya administración es propia y exclusiva del Obispo y del Presbítero. En ningún caso, pueden hacer la Unción aquellos que no son sacerdotes, ní con óleo bendecido para la Unción de los Enfermos, ni con óleo no bendecido.

2. Para la administración de este sacramento, la legislación canónica acoge la doctrina teológicamente cierta y la practica multisecular de la Iglesia, según la cual el único ministro válido es el sacerdote. Dicha normativa es plenamente coherente con el misterio teológico significado y realizado por medio del ejercicio del servicio sacerdotal.

Debe afirmarse que la exclusiva reserva del ministerio de la Unción al sacerdote está en relación de dependencia con el sacramento del perdón de los pecados y la digna recepción de la Eucaristía. Ningún otro puede ser considerado ministro ordinario o extraordinario del sacramento, y cualquier acción en este sentido constituye simulación del sacramento.

Artículo 10

La asistencia a los Matrimonios

1. La posibilidad de delegar a fieles no ordenados la asistencia a los matrimonios puede revelarse necesaria, en circunstancias muy particulares de grave falta de ministros sagrados.

Tal posibilidad, sin embargo, está condicionada a la verificación de tres requisitos. El Obispo diocesano, en efecto, puede conceder tal delegación únicamente en las casos en los cuales faltan sacerdotes o diáconos y sólo después de haber obtenido, para la propia diócesis, el voto favorable de la Conferencia Episcopal y la necesaria licencia de la Santa Sede.

2. También en estos casos se debe observar la normativa canónica sobre la validez de la delegación y sobre la idoneidad, capacidad y actitud del fiel no ordenado.

§ 3. Excepto el caso extraordinario previsto por el can. 1112 del CIC, por absoluta falta de sacerdotes o de diáconos que puedan asistir a la celebración del matrimonio, ningún ministro ordenado puede delegar a un fiel no ordenado para tal asistencia y la relativa petición y recepción del consentimiento matrimonial a norma del can. 1108, § 2.

Artículo 11

El ministro del Bautismo

Se debe alabar particularmente la fe con la cual no pocos cristianos, en dolorosas situaciones de persecución, pero también en territorios de misión y en casos de especial necesidad, han asegurado —y aún aseguran— el sacramento del Bautismo a las nuevas generaciones, cuando se da la ausencia de ministros ordenados.

Además del caso de necesidad, la normativa canónica establece que, en el caso que el ministro ordinario faltara o fuera impedido, el fiel no ordenado pueda ser ministro extraordinario del bautismo. Sin embargo, se debe estar atento a interpretaciones demasiado extensivas y evitar conceder tal facultad de modo habitual.

Así, por ejemplo, la ausencia o el impedimento, que hacen lícita la delegación de fieles no ordenados a administrar el bautismo, no pueden asimilarse a las circunstancias de excesivo trabajo del ministro ordinario o a su no residencia en el territorio de la parroquia, como tampoco a su no disponibilidad para el día previsto por la familia. Tales motivaciones no constituyen razones suficientes.

Artículo 12

La animación de la celebración de las exequias eclesiásticas

En las actuales circunstancias de creciente descristianización y de abandono de la practica religiosa, el momento de la muerte y de las exequias puede constituir una de las más oportunas ocasiones pastorales para un encuentro directo de los ministros ordenados con aquellos fieles que, ordinariamente, no frecuentan.

Por tanto, es auspicable que, aunque con sacrificio, los sacerdotes o los diáconos presiedan personalmente ritos fúnebres según las más laudables costumbres locales, para orar convenientemente por los difuntos, acercándose a las familias y aprovechando para una oportuna evangelización.

Los fieles no ordenados pueden animar las exequias eclesiásticas sólo en caso de verdadera falta de un ministro ordenado y observando las normas litúrgicas para el caso. A tal función deberán ser bien preparados, sea bajo el aspecto doctrinal que litúrgico.

Artículo 13

Necesaria selección y adecuada formación

Es deber de la Autoridad competente, cuando se diera la objetiva necesidad de una "suplencia", en los casos anteriormente detallados, de procurar que la persona sea de sana doctrina y ejemplar conducta de vida. No pueden, por tanto, ser admitidos al ejercicio de estas tareas aquellos católicos que no llevan una vida digna, no gozan de buena fama, o se encuentran en situaciones familiares no coherentes con la enseñanza moral de la Iglesia. Además, la persona debe poseer la formación debida para el adecuado cumplimiento de las funciones que se le confían.

A norma del derecho particular perfeccionen sus conocimientos frecuentando, por cuanto sea posible, cursos de formación que la Autoridad competente organizará en el ámbito de la Iglesia particular, en ambientes diferentes de los seminarios, que son reservados sólo a los candidatos al sacerdocio, teniendo gran cuidado que la doctrina enseñada sea absolutamente conforme al magisterio eclesial y que el clima sea verdaderamente espiritual.

Conclusión

La Santa Sede confía el presente documento al celo pastoral de los Obispos diocesanos de las varias Iglesias particulares y a los otros Ordinarios, en la confianza que su aplicación produzca frutos abundantes para el crecimiento, en la comunión, entre los sagrados ministros y los fieles no ordenados.

En efecto, como ha recordado el Santo Padre, « es necesario reconocer, defender, promover, discernir y coordinar con sabiduría y determinación el don peculiar de todo miembro de la Iglesia, sin confusión de papeles, de funciones o de condiciones teológicas y canónicas ».

Si, de una parte, la escasez numérica de sacerdotes es especialmente advertida en algunas zonas, en otras se verifica un prometente florecer de vocaciones que deja entrever positivas perspectivas para el futuro. Las soluciones propuestas para la escasez de ministros ordenados, por tanto, no pueden ser que transitorias y contemporáneas a una prioridad pastoral específica para la promoción de las vocaciones al sacramento del Orden.

A tal propósito recuerda el Santo Padre que « en algunas situaciones locales se han creado soluciones generosas e inteligentes. La misma normativa del Código de Derecho Canónico ha ofrecido posibilidades nuevas que, sin embargo, van aplicadas rectamente para no caer en el equívoco de considerar ordinarias y normales soluciones normativas que han sido previstas para situaciones extraordinarias de falta o de escasez de ministros sagrados ».

Este documento pretende trazar precisas directivas para asegurar la eficaz colaboración de los fieles no ordenados en tales contingencias y en el respeto a la integridad del ministerio pastoral de los clérigos. « Es necesario hacer comprender que estas precisaciones y distinciones no nacen de la preocupación de defender privilegios clericales, sino de la necesidad de ser obedientes a la voluntad de Cristo, respetando la forma constitutiva que El ha indeleblemente impreso a su Iglesia ».

Su recta aplicación, en el cuadro de la vital communio jerárquica, ayudará a los mismos fieles laicos, invitados a desarrollar todas las ricas potencialidades de su identidad y de una « disponibilidad siempre más grande para vivirla en el cumplimiento de la propia misión.

La apasionada recomendación que el Apóstol de las gentes dirige a Timoteo, « Te conjuro en presencia de Dios y de Cristo Jesús (...) proclama la palabra, insiste a tiempo y a destiempo, reprende, exhorta (...) vigila atentamente (...) desempeña a la perfección tu ministerio » (2 Tim. 4, 1-5), interpela en modo especial los sagrados Pastores llamados a desarrollar la propia tarea de « promover la disciplina común a toda la Iglesia (...) y urgir la observancia de todas las leyes eclesiásticas ».

Tal gravoso deber constituye el instrumento necesario para que las ricas energias existentes en cada estado de la vida eclesial sean correctamente orientadas según los maravillosos designios del Espíritu Santo y la communio sea realidad efectiva en el cuotidiano camino de la entera comunidad.

La Virgen María, Madre de la Iglesia, a cuya intercesión confiamos este documento, nos ayude a todos a comprender sus intenciones y a hacer toda clase de esfuerzo para su fiel aplicación al fin de una más amplia fecundidad apostólica.

Quedan revocadas las leyes particulares y las costumbres vigentes que sean contrarias a estas normas, como asimismo eventuales facultades concedidas ad experimentum por la Santa Sede o por cualquier otra autoridad a ella subordinada.

El Sumo Pontífice, en fecha del 13 Agosto 1997, ha aprobado de forma específica el presente decreto general ordenando su promulgación.

Del Vaticano, 
15 Agosto 1997. 
Solennidad de la Asunción de la B.V. Maria.

Congregación para el Clero
Darío Castrillón Hoyos
Pro-Prefecto
Crescenzio Sepe
Secretario

Pontificio Consejo para los Laicos
James Francis Stafford
Presidente
Stanislaw Rylko
Secretario

Congregación para la Doctrina de la Fe
Joseph Card. Ratzinger
Prefecto
Tarcisio Bertone SDB
Secretario

Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos
Jorge Arturo Medina Estévez
Pro-Prefecto
Geraldo Majella Agnelo
Secretario

Congregación para los Obispos
Bernardin Card. Gantin
Prefecto
Jorge María Mejía
Secretario

Congregación para la Evangelización de los Pueblos
Jozef Card. Tomko
Prefecto
Giuseppe Uhac
Secretario

Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica
Eduardo Card. Martínez Somalo
Prefecto
Piergiorgio Silvano Nesti CP
Secretario

Pontificio Consejo para la Interpretación de los Textos Legislativos
Julián Herranz
Presidente
Bruno Bertagna
Secretario

América

América

Virgen de la esperanza,

Madre de los pobres,
Señora de los que peregrinan: óyenos.

Hoy te pedimos por América Latina,
el continente que tu visitas
con los pies descalzos,
ofreciéndole la riqueza
del Niño que aprietas en tus brazos.

Un Niño frágil, que nos hace fuertes.
Un Niño pobre, que nos hace ricos.
Un Niño es esclavo, que nos hace libres.
Virgen de la esperanza: 
América despierta.

Sobre sus cerros despunta la luz
de una mañana nueva.
Es el día de la salvación
que ya se acerca.

Sobre los pueblos que marchaban en tinieblas,
ha brillado una gran luz.
Esa luz es el Señor que tú nos diste,
hace mucho, en Belén, a media noche.

Queremos caminar en la esperanza.
Madre de los pobres:
hay mucha miseria entre nosotros.
Falta el pan material en muchas casas.

Falta el pan de la verdad
en muchas mentes.
Falta el pan del amor
en muchos hombres.

Danos alma de pobres para ser felices,
pero alivia la miseria de los cuerpos,
y arranca del corazón de tantos hombres
el egoísmo que empobrece.

Señora de los que peregrinan:
Somos el Pueblo de Dios,
en América Latina.

Somos la Iglesia
que peregrina hacia la Pascua.
Que los obispos tengan
un corazón de padre.

Que los sacerdotes sean
los amigos de Dios para los hombres.
Que los religiosos muestren la alegría
anticipada del Reino de los cielos.

Que los laicos sean, ante el mundo,
testigos del Señor resucitado.
Y que caminemos juntos con todos
los hombres, compartiendo
sus angustias y esperanzas.

Que los pueblos de América Latina
vayan avanzando hacia el progreso,
por los caminos de la paz en la justicia.

Nuestra Señora de América:
ilumina nuestra esperanza,
alivia nuestra pobreza,
peregrina con nosotros
hacia el Padre. Amén.

SIGNOS

SIGNOS

Tempestades de mal que atraviesan y siembran el terror a través de los tiempos, desde la quijada de burro que destrozó el cráneo de Abel hasta los millones de bebés no nacidos decapitados, troceados, envenenados, quemados...


Signos de los tiempos dicen algunos. Pero uno solo es el signo de la victoria del amor sobre todo terror e iniquidad; el signo de la Cruz. Cruz victoriosa que nos anuncia la vida a la que estamos llamados más allá de este espacio y de este tiempo. Vida mayúscula de verdaderos Hijos de Dios, pues lo somos.

No creo, ni tan siquiera, que haya comenzado el principio de los dolores, más bien, estos dolores son dolores de expectación, como dice San Pablo. La Humanidad está todavía por darse a conocer, tanto en el bien y el amor especialmente significados entre nosostros en la sangre de los mártires, como desgraciadamente en el mal y el terror.

A pesar de que algunos incautos pretendan negar la existencia del infierno, éste se ha hecho presente a través de los siglos en el corazón de tantos malvados que bien han sabido mostrar el terror del diabólico fuego en sus acciones.

Signos sí, me quedo con el de Mons. Juan Antonio Reig Pla, que atrevido acompaña a Jesús a las afueras de Nazaret para ser despeñado por un barranco con Él; porque "llamar a las cosas por su nombre" tiene un precio,para nosotros precioso y maravilloso: el precio de la Cruz

HISTORICIDAD

HISTORICIDAD

Transcribo (en la imagen) la referencia al martirio del Obispo Fructuoso y sus diáconos Eulogio y Augurio, quemados vivos en el anfiteatro de Tarraco, el viernes 21 de Enero de 259 entre las diez y las once de la mañana.


Algunas veces nos olvidamos de la verdad de nuestras celebraciones y de la historicidad que impregna nuestra fe.

La referencia forma parte del estudio arqueológico que tiene como autores a Judit Ciurana Prast, Josep Maria Macias Solé, Andreu Muñoz Melgar, Imma Teixell Navarro y Josep Maria Toldrà Domingo.

http://www.icac.cat/images/stories/pdf/llibres/53.71_amphi.pdf


EXAMEN

EXAMEN

Que necesarios son esos altos en el camino. Parar y refugiarnos lejos de las miradas del mundo y lejos de las miradas al mundo, para mirar sólo nuestro reflejo en El. Tal como el Apóstol de las Gentes exhortaba a la comunidad de Corinto:


"Examinaos vosotros mismos si estáis en la fe. Probaos a vosotros mismos. ¿No reconocéis que Jesucristo está con vosotros? ¡A no ser que os encontréis reprobados!

 

Acercarnos a ese oasis en desierto que es el Sagrario; contemplar la maravilla de nuestro Dios hecho hombre, hecho Hostia. Reconocer a Jesús en nuestra vida, en nuestras acciones, en nuestras miradas y pensamientos, deseos, intenciones, proyectos. Reconocer a Jesús en el camino, o sentado a la mesa mientras partía el pan. O es que acaso, ¿No es Jesús el referente y Señor de mi vida?


SENTIDO

SENTIDO


Hoy he podido constatar el valor inconmensurable que descubrir el verdadero sentido de nuestras existencias da a nuestras vidas. Descubrir y redescubrir el valor del sufrimiento, del esfuerzo y la responsabilidad, es agrandar el alma para llenarla de amor vital.


Cuando en la vida no se logra más que acumular errores y desaciertos, cuando caído uno no encuentra sino la risa burlesca de los demás, es Él el que aparece, te tiende la mano y te ayuda a levantarte. Y si te has dado cuenta, ya no querrás soltar jamás la mano amiga de Aquél que nunca defrauda.


Y no esperes los aplausos de tantos que reían ante tu caída, de tantos que están dispuestos a hacer burla y regocijarse ante cada fracaso al que te enfrentes. Escucha con los oídos del corazón al que te susurra en el silencio y te ama, al que te ofrece los aplausos y vítores de miríadas de ángeles sin término, al que no conforme con morir una vez por ti se entrega renovadamente en cada Eucaristía.



Porque Jesús vive, está a tu lado, te tiende su mano y desea verte feliz.

RESUCITAR

RESUCITAR

El título de este artículo viene a significar, de alguna manera, lo que espero que ocurra con este blog, y con mi firme decisión de continuar dejando mi pobre y humilde testimonio en unas pocas letras que tan pocos ojos se dignarán a dar sentido.

Pero este resucitar, no solo viene dado por mi enorme inconstancia en escribir o por las enormes dificultades que unas tan pobres palabras como las mías pueden ocasionar a mentes e intelectos mucho más privilegiados que el mío.

Pareciera que el término resucitar fuere incontrovertible. Pero cuando hablamos de la Resurrección de nuestro Señor, de la Resurrección de Jesucristo, Jesús de Nazaret, parece que entonces el término debiera ser explicado, connotado, acotado o referenciado, o cuanto menos modelado y adaptado a las circunstancias en las que deba de ser expresado.

Algunos piensan que afirmar la historicidad de la Resurrección de Jesucristo es exagerado. Otros, o quizás los mismos, se pueden atrever a dejar por escrito que afirmar la reanimación corporal del Señor pueda ser interpretado controvertidamente en perjuicio de la reflexión teológica de otros bien reconocidos por su ortodoxia teológica. A pesar de la claridad del Catecismo, a pesar del testimonio perenne e inmutable de la Tradición de la Iglesia, esos algunos, que resultan ser siempre los mismos, donde siempre se ha dicho digo se atreven a decir Diego.

 

Ahora es el Papa Francisco, el que repite el digo de la Resurrección de nuestro Señor. La Verdad que siempre ha sostenido la Iglesia, la Verdad que sostiene la Iglesia Católica y todos los católicos vuelve a quedar patente, inquebrantable como luz inconsumible que ilumina y siempre iluminará el mundo:

“Si el amor del Padre no hubiese resucitado a Jesús de entre los muertos, si no hubiese podido devolver la vida a su cuerpo, no sería un amor plenamente fiable, capaz de iluminar también las tinieblas de la muerte”. (Carta Encíclica “Lumen Fidei”, del Sumo Pontífice Francisco a los Obispos, a los Presbíteros y Diáconos, a las Personas Consagradas y a todos los Fieles Laicos sobre la Fe. Nº 17)


Y cuando habla quien debe, y tan claramente, no puedo sino que emocionarme y llorar.

 

Dios os bendiga y os guarde!


HOY TEOLÓGICO 2008 - 2012

HOY TEOLÓGICO 2008 - 2012

¡Cómo pasa el tiempo! Cuatro años ya.

Cuantas cosas han quedado atrás, otras han crecido y nos acompañan. Una parte de mí se queda perenne en este blog.

Estos cuatro años han sido un verdadero regalo de Dios. He sido bendecido de maneras y formas increíbles. Mi familia, mi trabajo, mi comunidad. Pero algo por encima de todo ha traspasado mi vida y la de los más cercanos. Indignamente elegido como Ministro de Cristo Servidor.

Cuatro años. Muchos ays! Y muchos bien! Unos Pocos Uys! Y algunos Guaus!

Muchos de ellos se resumen en este trocito de mi que he decidido publicar a través de la editorial on-line lulu.com.

Una nueva andadura ó continuar en el mismo camino. Han sido algo más de cien mil visitas. Las más para contemplar fotos, las menos con algo de interés.

Respiraré hasta Septiembre si Dios quiere. Después decidiré, si continúo con el blog o abro uno nuevo será con el firme compromiso de alimentarlo como mínimo semanalmente.

Si a algún despistado le interesara, la edición es algo gruesa. Las publicaciones están ordenadas por temas y dentro de ellos por fechas. Preparo una publicación e-book más económica, cuasi gratis.

Saludos y gracias a todos.

Dios os bendiga y os colme de bienes espirituales y materiales.

FE

FE

El Año de la Fe proclamado por su S.S. Benedicto XVI se acerca. El próximo 11 de Octubre dará lugar su apertura.

El itinerario seguido por Benedicto XVI a lo largo de su pontificado parece que ha querido llevarnos desde los fines hasta los principios a través de las virtudes teologales.

"Deus Caritas est", "Spes Salvi", "Porta fidei"; el Amor de Dios que es nuestra Esperanza en la que depositamos nuestra Fe.

Ese Amor de Dios que es Caridad y que es el que nos presenta, como novedad radical, la Resurrección de Jesús, como primicia de la resurrección que esperamos al final de los tiempos. Fe que deseamos vivir y redescubrir como una adhesión singular a la persona de Cristo. Fe que es el presupuesto de nuestra esperanza y la propulsora de nuestras vidas hacia la Caridad eterna que deseamos alcanzar.

Jesús, único Salvador del mundo. Jesús nuestra salvación y la salvación del mundo. Sin exclusiones, pero sin relativismo alguno.

Fe, sí, en Cristo y en la Iglesia Católica, Iglesia en la que subsiste la Iglesia de Cristo y que, bajo el deposito de la fe,configura el contenido de nuestra fe, la cual que debemos hacer vida.

Fe de la Iglesia que no es otra que la fe en Cristo. Fe de la Iglesia que encontramos sin ambigüedades ni equívocos en el Catecismo. Catecismo para completar y entender nuestra fe en la trasformación de nuestras vidas al modo de la vida de Jesús, nuestras mentes al modo de la mente de Jesús, nuestro corazón y nuestra alma al modo del Sagrado Corazón de Jesús.

Fe para vivir en la Esperanza cierta de la Caridad que alcanzaremos por los méritos de Cristo y la Salvación en Él realizada. Caridad que una vez, más alla de la muerte, en la presencia de Dios es la única virtud que podremos conservar.

Fe, Esperanza y Caridad.

"Amor del asentimiento que es lo que santifica" como diría nuestro estimado Mons. Fernando Sebastián.

HÉROE

HÉROE

No es lo mismo creer en Dios que no creer en Dios.

Nuestra juventud se enfrenta cada día con más virulencia a la idea de que el ateísmo, en cualquiera de sus múltiples manifestaciones, es una opción de vida inicua para el desarrollo personal y la felicidad que todos buscamos realizar ya en esta vida.

Y es que sin Dios no hay Ley Natural que fundamente la dignidad todo ser humano.

Sin Dios no hay sentido trascendental de la vida y del propio ser humano.

Sin Dios no hay esperanza en vida eterna.

Sin Dios no hay una fuente de amor sobrenatural que nos garantice la vocación común en el bien y la felicidad.

Desde los parámetros juveniles puede presentarse como fácil prescindir en un proyecto de vida personal de Dios, de la Ley Natural, de la dignidad humana y de la vida eterna. Es más la ideología y corriente predominante hasta hace ver a la juventud que es conveniente prescindir de tales elementos que son presentados como intentos fracasados de fundamentaciones pasadas.

La realidad se presenta muy distinta cuando los años van pasando y el proyecto de vida sin Dios se va frustrando.

Quizás sea necesario que el fracaso de una generación de muestra a la siguiente de la necesidad de fundamentar la vida en una roca para que la construcción, que se dispone desde la juventud realizar, no se desmorone con el paso del tiempo y el embate de las tempestades.

Ser cristiano hoy para un joven es un reto desproporcionado. Desproporcionado porque para a los ojos de las corrientes y modas sociales los beneficios son bien pocos y los inconvenientes incontables. Pero esta desproporción es la que nos permite considerar hoy al joven cristiano, comprometido con su fe, con sus raices, con su identidad familiar, religiosa y católica, como un héroe, un cuasi mártir social.

Ver comulgar cada domingo a un joven, después de las tempestades y vientos que lo habrán azotado a lo largo de la semana, es para mí muestra más que suficiente de que Dios está con él; de que Dios realmente existe y se manifiesta tangíblemente entre nosotros; de que realmente la vida vale la pena vivirla en la plenitud de un sentido que solo la trascendencia divina a la luz del Evangelio de Cristo puede dar hoy, ayer y siempre, a culesquiera alma que se precie de ser verdadera y plenamente humana.

ESPLENDOR

ESPLENDOR

Cuando intentamos comprender el panorama que contemplamos en nuestro tiempo, es importante discernir con respecto a ciertos presupuestos que no podemos abandonar. La fe que fundamenta los criterios y los valores de los cristianos puede y debe entrar en diálogo con otras posturas que, por diversos motivos, encuentran sus referencias fuera de la experiencia religiosa o de la verdad revelada. Pero lo que tenemos que reconocer es que aquellas posturas que niegan la dimensión espiritual del ser humano y consideran a éste desde distintas perspectivas, siempre, con un transfondo materialista (utilitarismo, positivismo, relativismo, consensualismo, etc.), se mantendrán invariable e irremediablemente irreconciliables con los presupuestos ético-morales que fundamentan y configuran la dignidad para los creyentes. Una dignidad fundamentada en la carne, y ésta como cosa, jamás será conciliable ni equiparable a una dignidad que se ve fundamentada en el espíritu, y éste como ser fundamental.

"En algunas corrientes del pensamiento moderno se ha llegado a exaltar la libertad hasta el extremo de considerarla como un absoluto, que sería la fuente de los valores. En esta dirección se orientan las doctrinas que desconocen el sentido de lo transcendente o las que son explícitamente ateas".

Esta cita de la Éncíclica "Veritatis Splendor" nos sirva de referente. No podemos sino denunciar y poner al descubierto aquellas ideologías y doctrinas que buscan la perdición del hombre. No podemos sino rebatir y desmontar a aquellos cuya conciencia cerrada pretende eliminar todo vestigio espiritual de la vida de nuestros jóvenes y hermanos. No podemos sino "proclamar la Palabra, insistir a tiempo y a destiempo, reprender, amenazar, exortar con toda paciencia y doctrina. Porque estamos en el tiempo en que los hombres no soportan la doctrina sana, sino que, arrastrados por sus propias pasiones, se buscan una multitud de maestros por el purito de oir novedades; apartan sus oídos de la verdad y se vuelven a las fábulas. Nosotros, en cambio, portémonos en todo con prudencia, soportando los sufrimientos, realizando la función de evangelizadores, desempeñando a la perfección nuestro ministerio". (Cif. "Veritatis Splendor" 30)

SUBYACENTE

SUBYACENTE

¡Hablábamos de ideología subyacente. No cabe duda que tras toda actuación político-social existe una ideología que respalda y motiva a los actores.

Y es necesario descubrir cuales son las motivaciones, para bien comprender cuales pueden ser los objetivos y fines reales que en tantas ocasiones no coinciden con los aparentemente mostrados.

El libro de Rocella y Scaraffia nos muestra un indicio de aquello a lo que realmente nos enfrentamos, como católicos, como españoles y como católicos españoles. Ellas lo presentan así:

"El rechazo a mencionar las raices cristianas del Viejo Continente en la Constitución Europea es un síntoma inquietante de una situación muy generalizada sobre la condición de los derechos humanos. Los derechos humanos, a los que hacen referencia todas las organizaciones internacionales, han ido perdiendo a lo largo de los años su característica originaria de código ético y su relación con la Revelación judeo-cristiana y con todo rastro de religión monoteísta.

Poco a poco se han convertido en la base ideológica de un relativismo totalitario que busca eliminar toda referencia a un derecho natural. Los propios derechos se han erigido en una especie de religión laica, de derecho positivo, sobre la que no hay nada parecido a un referente superior al que apelar en caso de conflicto. Ellos mismos son el fundamento, la forma organizada de la nueva conciencia colectiva, que es tal en cuanto negociable y modificable. En defensa de los derechos de la mujer se ha llevado una violenta campaña en contra de la natalidad en el tercer Mundo, y en nombre de la dignidad humana se cometen todo tipo de delitos contra los no nacidos o los que se consideran sin valor.

La Iglesia Cátólica, defensora siempre de los más débiles, se ha convertido, paradójicamente, en el principal enemigo de quienes supuestamente defienden estos derechos, porque desde el Vaticano se apela a una autoridad superior que permita juzgar estos derechos y los atropellos a los que están dando lugar."

EDUCACIÓN

EDUCACIÓN


Nuevamente llegamos al final de un curso y constatamos la terrible realidad del fracaso escolar y la desculturización de nuestros jóvenes. Década tras década, ley tras ley, se pretende cambiar el paradigma de la educación y transformar un sistema educativo en, lo que a mi entender será, un sistema productivo.

Los niños y jóvenes precisan de una formación adecuada y actualizada. Pero ello no quiere decir que la educación y formación de nuestros jóvenes deba de seguir una ideología determinada como la que observo en el trasfondo de las competencias básicas. Sí ideología.

Los sistemas educativos del pasado trataban, con mayor o menor acierto, formar personas y prepararlas para su realización humana integral, esto es, se formaba en atención a la integridad de la persona y a la libre disposición que cada uno ejerciera en la madurez sobre su vida y persona. Si es cierto que los métodos de enseñanza incidían en sistemas memorísticos y relacionales, que a priori no parecen haber funcionado tan mal. Aquellos que fueron educados bajo tales premisas son hoy también maestros, profesores, catedráticos y premios nóbeles.

Hoy parece que el objetivo de la escuela ya no es la formación integral del alumnado. Hoy parece que el fin de la educación y la formación ya no es dotar a la persona de aquellos conocimientos indispensables que contribuyan a su identificación y ubicación histórico-social en arras a la posible realización humana plena. Hoy parece que los niños y jóvenes son ya presa prematura del consumismo productivo y utilitarista ideologizado por unos cuantos.

La realidad, desconocida para tantos, es que el interes gubernamental estriba en mostrar la eficacia de las políticas educativas que implementan, sea al precio que sea. Nuestros jóvenes pasan de curso obligatoriamente aun cuando no hayan alcanzado los mçás mínimos objetivos de la etapa. Nuestros niños no son instruídos en la asimilación obligatoria de unos conocimiéntos básicos que les identifique con su historia, entorno e identidad social.Nuestros jóvenes, hoy serán evaluados por primera vez en base a unas competencias básicas, que ni si quiera aquellos que las idearon saben los criterios que se deben fijar para tal evaluación (de hecho cada centro consensuará los suyos propios.

El descerebramiento de los políticos dirigentes es terriblemente amenazador para la integridad humana y social de nuestra patria. Ley tras ley hemos constatado que los jóvenes cada vez tienen peor cultura y terminan las duversas titulaciones con claras y profundas deficiencias formativas. Hoy constatamos que reforma educativa tras reforma educativa el fracaso escolar, lejos de apaliarse, ha ido creciendo y enquilosando nuestro sistema educativo. Pero nadie da el brazo a torcer. Todos dirán "andamos en el buen camino"; "es preciso profundizar en la implementación competencial"; "hay fracaso escolar porque no evaluamos a los alumnos en lo que ellos ya saben".

Lejos de reconocer las bondades y virtudes de viejos sistemas e identificar aquellas deficiencias y necesidades de actualización, cada día, bajo las tesis progresista y la indiferencia neoliberal, se impone que lo nuevo y último es lo mejor.

Hoy nuestros jóvenes acaban sus ciclos formativos con escasas posibilidades, cada año con menos posibilidades. Hoy los jóvenes no saben, no quieren saber, porque el sistema educativo no les muestra la importancia de ser persona y de formarse como persona. Hoy el utilitarismo gobierna nuestras aulas y pretende gobernar las vidas de nuestros niños.

PILAR

PILAR

¡Oh María! ¡Hija de Dios Padre!, amparad a la Iglesia, que desde su principio ha reclamado vuestra protección. Reconoced en ella la Esposa de vuestro único Hijo, que la ha rescatado con el precio de toda su sangre. Haced que resplandezca con tal brillo de santidad, que pueda presentarse digna de su divino Esposo, y del precio con que fue redimida. ¡Madre de Dios Hijo! que iluminas a todo hombre que viene a este mundo ¡Aurora brillante de este sol divino! disipad las tinieblas de la herejía y del cisma. Haced que todos sigan la luz de la verdad, y se apresuren a entrar en el seno de la verdadera Iglesia, donde juntamente con Jesús os conozcan con una viva fe, os invoquen con una esperanza firme, y os amen con un amor perfecto. ¡Esposa del Espíritu Santo, que ha reunido en un solo rebaño y en una misma religión, tantas y tan diferentes naciones!, derramad sobre los Principes cristianos y sus ministros la abundancia de gracias, de las que sois dispensadora. Penetrad sus corazones del espíritu de paz y de concordia, que al nacer vuestro hijo se anunció a la tierra. ¡Oh María, Templo de la Santísima Trinidad, toda pura y sin mancha en vuestra Concepción! Mirad con ojos de misericordia a la Nación Española, vuestra nación predilecta, que tanto habeis distinguido de las demás; a pesar de sus pecados, continuad siempre en amarla: mantenedla en la fe católica, apostólica y romana: conservadla en la unidad católica, a fin de que defendida por vuestra gracia de todo error estando al abrigo de toda disensión, y consagrada a servir a vuestro Santísimo Hijo y a Vos con un culto digno, pueda marchar constantemente al fin que le habeis prometido, y merecer teneros siempre por su Protectora en la tierra, y por su Reina y Corona en el Cielo. Así sea.

Omnipotente y eterno Dios, que te dignaste disponer que la sacratísima Virgen María, Madre tuya, entre coros de ángeles sobre esta columna de mármol, enviada del cielo, viniera viviendo en carne mortal: y que esta Iglesia fuese edificada para su honra por el Protomártir de los Apóstoles Santiago y sus Discípulos; te suplicamos por sus méritos e intercesión, nos concedas alcancemos fácilmente, lo que con toda confianza pedimos. Por tu Hijo Jesucristo que vive y reina con Dios Padre en la unidad del Espíritu santo por todos los siglos de los siglos. Amén.

¡Alabada sea la hora en que María Santísima vino en carne mortal a las tierras de España en la ciudad de Zaragoza!


MASONES

MASONES

Dice D. Ricardo de la Cierva que no todos los masones son adoradores de Satanás pero sí todos los adoradores de Satanás son masones.

A lo largo de la historia lejana y reciente de nuestra España, los masones han tenido un protagonismo peculiar. La España cristiana y Católica que siempre se ha distinguido en su unidad de destino, ha sido combatida desde las más inusuales posiciones. Allí donde Cristo se ha testimoniado allí un masón se ha situado para combatir el Reino de Amor, Paz y Vida sembrado en los corazones bondadosos. Los masones pretenden ser un grupo selecto entre los que sólo unos pocos alcanzan el gran conocimiento reservado a aquellas personas de prepotente singularidad. Ideología maléfica que siempre ha combatido al cristianismo, desde dentro y fuera de las filas de éste último. A la masonería no le interesa una verdad sencilla y solidaria, un reino instaurado en el amor al que todos podemos acceder desde nuestra humilde sencillez y en el que todos nos realicemos en plenitud como miembros de la gran familia humana que somos.

Nuestra reciente historia situó a un servil masón en el poder legislativo de nuestra nación. La legalización del aborto, la destrucción de la familia, la incitación a la promiscuidad entre los jóvenes desde las estructuras formativas, las leyes sobre genética y biomedicina y casi la opresora ley de erradicación de la religión (¿libertad religiosa?), han situado nuestra nación al borde del paroxismo relativista, utilitarista y deshumanizado.

La triste realidad nos muestra que aquel servil masón, hoy postergado al olvido, ha sido relevado. Aquellos que hoy sostienen la administración y dirección de nuestra patria, no parecen animados a restituir el valor y nobleza que poco ha poco se ha ido arrebatando a nuestro pueblo. Quizás resulte que entre los masones lo único que les diferencia son los caminos ya que todos persiguen un mismo fin.